CPCCS REFORMA REGLAMENTOS PARA DESIGNAR AUTORIDADES
   
 

Con el objetivo de guardar coherencia entre los reglamentos aprobados para la designación de autoridades, el Pleno del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social inicio el proceso de reformas a los reglamentos para la selección y designación de la Primera Autoridad de la Fiscalía General del Estado y de los vocales del Consejo de la Judicatura.

Durante la sesión No.31, del 2 de septiembre de 2010, el Pleno del Consejo conoció, en primer debate, las reformas a los dos reglamentos y fijó, hasta el lunes 6 de septiembre, el plazo para presentar observaciones a la Secretaría General del CPCCS, previo al conocimiento de los reglamentos en segundo debate.

Los reglamentos revisados serán aplicados en el primer bloque de designación de autoridades que incluye a los vocales del Consejo de la Judicatura y a la Primera Autoridad de la Fiscalía General del Estado.

Al momento, el CPCCS planifica siete talleres en diferentes provincias del país para capacitar a los veedores inscritos para cada proceso. Posteriormente se acreditará a los veedores y veedoras, previo a la convocatoria a la integración de Comisiones Ciudadanas de Selección que se espera efectuar a finales de septiembre.

El CPCCS ejecuta los procesos de designación de autoridades de acuerdo con lo que determina la Constitución y su Ley Orgánica. Toda la información está publicada en el sitio web institucional: www.participacionycontrolsocial.gov.ec.

Para mayor información sobre el proceso de inscripción de veedores comunicarse al teléfono 022 983 600, extensión 155, en Quito.

 
   
CPCCS APRUEBA REGLAMENTO PARA LA SELECCIÓN DE TITULAR DE LA DEFENSORÍA PÚBLICA
   
 

El Pleno del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS) aprobó en segundo y definitivo debate el Reglamento para la Selección y Designación de la Primera Autoridad de la Defensoría Pública. Este proceso de selección se realizará a través de concurso púbico con postulación, veeduría e impugnación ciudadana.

La Comisión Ciudadana de Selección conformada para el efecto realizará el concurso público de méritos y oposición, conocerá y resolverá en primera instancia sobre el cumplimiento de requisitos y las solicitudes de recalificación y, entre otras atribuciones, remitirá al Pleno del Consejo el informe final del concurso realizado.

Los postulantes a la primera autoridad de la Defensoría Pública deberán ser  ecuatorianos y hallarse en goce de los derechos políticos, tener título de tercer nivel en Derecho y conocimientos en gestión administrativa. Además, debe haber ejercido con idoneidad y probidad notoria su profesión por un lapso mínimo de diez años.

No podrán postularse quienes se hallen en interdicción judicial, hayan sido condenados por sentencia ejecutoriada a pena privativa de libertad mientras ésta subsista, tengan contrato con el Estado, tengan obligaciones en mora con el SRI e IESS, adeuden pensiones alimenticias, sean parientes, dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad, de las Consejeras y Consejeros del CPCCS y/o de los miembros de la Comisión Ciudadana de Selección, entre otras prohibiciones.

El procedimiento de impugnación ciudadana establece que la ciudadanía puede presentar impugnaciones relacionadas con la probidad o idoneidad de los y las postulantes seleccionados, a la falta de cumplimiento de requisitos, o por estar incursos en alguna de las prohibiciones establecidas en la Constitución, la Ley o el Reglamento.

Con el fin de transparentar el proceso de selección y designación del titular de la Defensoría Pública y garantizar el control social, la información generada durante todas las etapas de selección y designación será pública y constará en la página web institucional.

 
   
APROBADO REGLAMENTO PARA DESIGNAR DEFENSOR/A DEL PUEBLO
   
 

El Reglamento para la selección y designación de la Primera Autoridad de la Defensoría del Pueblo fue aprobado en segundo debate por el Pleno del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social durante la sesión No.28 desarrollada este jueves 19 de agosto.

Dicho reglamento norma, conforme con las disposiciones constitucionales y legales, el procedimiento para la selección y designación de la primera autoridad de la Defensoría del Pueblo a través de concurso público de méritos y oposición con postulación, veeduría e impugnación ciudadana.

El Reglamento establece las atribuciones del CPCCS y de las Comisiones Ciudadanas, el nombramiento de los equipos técnicos, los requisitos y prohibiciones para los postulantes, el procedimiento para el concurso público de méritos y oposición, las normas para el escrutinio público e impugnación ciudadana, audiencias públicas, la designación y posesión.

De acuerdo con el Reglamento aprobado, para ser Defensor/a del Pueblo se debe cumplir con los siguientes requisitos:

a.    Ser ecuatoriano o ecuatoriana y hallarse en goce de los derechos políticos;

b.    Tener título de tercer nivel en Derecho legalmente reconocido en el país;

c.    Haber ejercido con probidad notoria la profesión de abogada o abogado, la judicatura o la docencia universitaria en ciencias jurídicas, por un lapso mínimo de diez años; y,

d.    Acreditar amplia trayectoria en la defensa de los derechos humanos.

 

El nuevo Reglamento será publicado en el sitio web del Consejo, www.participacionycontrolsocial.gov.ec, en la sección normativa de concursos.

El segundo debate del Reglamento para la selección y designación de la Primera Autoridad de la Defensoría Púbica será conocido en una próxima sesión del Pleno.

 
   
CPCCS REGLAMENTA DESIGNACIÓN DE DEFENSOR/A DEL PUEBLO Y DEFENSOR/A PÚBLICO
   
 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

El Pleno del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social conoció en primer debate los reglamentos para la selección y designación de la Primera Autoridad de la Defensoría del Pueblo y de la Primera Autoridad de la Defensoría Pública.

 El CPCCS dividió en etapas la designación de autoridades, la primera de ellas prevé la designación del Fiscal General y de los integrantes del Consejo de la Judicatura. En una segunda etapa se designará al Defensor del Pueblo, Defensor Público, Contralor General, Consejo Nacional Electoral y Tribunal Contencioso Electoral a través de Comisiones Ciudadanas de Selección

 

El primer Reglamento, analizado en la sesión de este miércoles 18 de agosto, tiene como objetivo normar, conforme con las disposiciones constitucionales y legales, el procedimiento para la selección y designación de la primera autoridad de la Defensoría del Pueblo a través de concurso público de méritos y oposición con postulación, veeduría e impugnación ciudadana.

 

El Defensor/a del Pueblo debe cumplir con los siguientes requisitos: Ser ecuatoriano o ecuatoriana y hallarse en goce de los derechos políticos; tener título de tercer nivel en Derecho legalmente reconocido en el país; haber ejercido con probidad notoria la profesión de abogada o abogado, la judicatura o la docencia universitaria en ciencias jurídicas, por un lapso mínimo de diez años; y, acreditar amplia trayectoria en la defensa de los derechos humanos.

 

El segundo Reglamento analizado por el Pleno en la sesión No.27 tiene como objetivo normar el procedimiento para la selección y designación de la primera autoridad de la Defensoría Pública a través de concurso público de méritos y oposición con postulación, veeduría e impugnación ciudadana.

 

Los requisitos para ser Defensor/a Público son: Ser ecuatoriano o ecuatoriana y hallarse en goce de los derechos políticos; tener título de tercer nivel en Derecho legalmente reconocido en el país, y conocimientos en gestión administrativa; haber ejercido con probidad notoria la profesión de abogada o abogado, la judicatura o la docencia universitaria, por un lapso mínimo de diez años.

 

El Pleno del CPCCS conocerá en segundo y definitivo debate los reglamentos mencionados en la sesión prevista para el jueves 19 de agosto, donde además consta en el orden del día la designación del Secretario/a general y prosecretario/a del Consejo y conocimiento  del Informe de Verificación de Requisitos para la conformación de Veedurías para el primer bloque de designación de autoridades.

 

Todas las sesiones del Pleno del CPCCS son públicas y se transmiten por TV on line a través de nuestro sitio en internet www.participacionycontrolsocial.gov.ec.