HISTORIA INSTITUCIONAL
   
 

Como su avance más importante en materia de participación, la Constitución de la República del Ecuador establece la creación del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social como una entidad autónoma, que forma parte de la Función de Transparencia y Control Social.

Su principal objetivo es promover el  ejercicio de los derechos de participación y control social  de lo público, establecer  mecanismos y políticas anticorrupción y designar, a través de Comisiones Ciudadanas de Selección, a las autoridades que le corresponda de acuerdo con la Constitución y la Ley.

De esta manera, acorde con el mandato ciudadano y contitucional, la premisa que guiará el trabajo del CPCCS, como un organismo autónomo e independiente es impulsar el empoderamiento ciudadano, la inclusión y la intervención activa de todos y todas para lograr una verdadera democracia participativa en el marco de la transparencia de cada una de sus acciones.

La creación del CPCCS responde también al mandato constitucional que garantiza la existencia de una sociedad libre de corrupción. Este organismo es el encargado de receptar e investigar denuncias que pudieran afectar la participación ciudadana, que generen corrupción o vayan en contra del interés social, por ello es compromiso de la institución el generar una cultura de transparencia desde el emprendimiento de acciones investigativas y legales responsables.

El combate a la corrupción y a la impunidad dentro de la administración pública se fortalece a través del apoyo y fortalecimiento a los mecanismos de control social como las veedurías, observatorios y redes ciudadanas.

Otra de las prioridades institucionales es sin duda el cumplimiento de la rendición de cuentas de los servidores y servidoras públicas con la mira puesta en la prevención como regla, en lugar de medidas persecutorias o salidas puramente punitivas. 
 

CPCCS TRANSITORIO

Para iniciar el trabajo de construcción y posisionamiento, la misma Constitución estableció la creación de un Consejo de Participación Ciudadana y Control Social transitorio, cuyas principales funciones fueron:
1.    Preparar el proyecto de Ley Orgánica para determinar su organización y funcionamiento.
2.    Reglamentar las Comisiones Ciudadanas de Selección de autoridades, así como establecer las normativas correspondientes a cada concurso.

Para cumplir con los mandatos constitucionales no trabajamos solos, durante los meses de marzo y abril se realizaron 25 talleres para la recolección de  aportes e insumos para la preparación de la Ley Orgánica y la reglamentación de las Comisiones Ciudadanas en Ambato, Latacunga, Ibarra, Tulcán, Esmeraldas, Santo Domingo de los Tsáchilas, Babahoyo, Santa Elena, Manta, Portoviejo, Quevedo, Loja, Machala, Guaranda, Riobamba, Azogues, Cuenca, Macas, Puyo, Tena, Zamora, Sucumbíos, Orellana, Quito, Guayaquil y Santa Cruz.

El jueves 21 de mayo, dentro del plazo establecido en la Constitución para el efecto, se entregó a la Asamblea Nacional el Proyecto de Ley Orgánica del CPCCS y, el 9 de septiembre, luego de una serie de observaciones y modificaciones, ésta se publicó en el Registro Oficial.

Asimismo, los miembros del CPCCS transitorio aprobaron la Reglamentación a las Comisiones Ciudadanas de Selección de autoridades y las normativas para cada concurso.

Paralelamente, el CPCCS transitorio cumplió con los mandatos de ley que establecían:
•    La designación mediante concurso público de oposición y méritos a los representantes de los afiliados activos y jubilados al Directorio del Banco del IESS
•    La designación, mediante concurso público de merecimientos, a los representantes de las organizaciones de la sociedad civil a la Conferencia Nacional de Soberanía Alimentaria.

Una vez cesado en funciones el CPCCS transitorio con la publicación de su Ley en el Registro Oficial, el Consejo Nacional Electoral encargó la administración temporal de la institución al Econ. Carlos Diez. 

POSESIÓN DE CONSEJEROS Y CONSEJERAS DEL CPCCS DEFINITIVO

El 18 de marzo de 2010, una vez finalizado el proceso de selección, el Presidente de la Asamblea Nacional, Arq. Fernando Cordero, posesionó a los Consejeros y Consejeras del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS).

Los siete miembros principales del CPCCS son: Tatiana Ordeñana Sierra, David Rosero Minda, Marcela Miranda Pérez, Luis Pachala Poma, Mónica Banegas Cedillo, Fernando Cedeño , Rivadeneira, Andrea Rivera Villavicencio.

Los siete miembros suplentes son: William Hugo Arias Palacios, Evans Lorena Herrera González, Óscar Franklin Canelos Castillo, Lucy Jacqueline Estupiñán Sánchez, Carlos Manuel Vera Quintana, Linda Aurora Vidal Nazareno y Franklin Bolívar Moreno Quezada.
 

ELECCIÓN DE AUTORIDADES

En su primera sesión plenaria, el 25 de marzo de 2010, los siete consejeros del Consejo de Participación Ciudadana escogieron a Marcela Miranda como Presidenta y a Fernando Cedeño como Vicepresidente.

Marcela Miranda llamó a la contribución de todos y todas para construir este organismo, que es pionero en América Latina. "Tenemos claridad de lo que el Consejo tiene que hacer con los ciudadanos y ciudadanas en este País. La impunidad y la corrupción no se acabarán si no incorporamos a este proceso a la ciudadanía", manifestó y convocó a "ciudadanizarnos, es decir, a "conocer nuestros deberes y asumir responsabilidades". 

 

 
   
FUNCIÓN DE TRANSPARENCIA Y CONTROL SOCIAL
   
 

El CPCCS forma parte de la nueva Función de Transparencia y Control Social, la cuarta Función del Estado según su orden constitucional.

La Función de Transparencia y Control Social está integrada además por la Defensoría del Pueblo, la Contraloría General del Estado y las Superintendencias de Telecomunicaciones, de Bancos y Seguros y de Compañías.

La Función de Transparencia y Control Social tiene como principales atribuciones promover e impulsar el control de las entidades y organismos del sector público, y de las personas naturales o jurídicas del sector privado que presten servicios o desarrollen actividades de interés público, para que los realicen con responsabilidad, transparencia y equidad.