El Consejo de Participación Ciudadana y Control Social estará integrado por:
• Órganos de gobierno • Órganos ejecutores • Órganos asesores • Órganos de apoyo y auxiliares
Órganos de gobierno: Pleno del Consejo, Presidencia y Vicepresidencia
Pleno.- Se integrará por los siete Consejeros y Consejeras principales, quienes serán sustituidos, en caso de ausencia temporal o definitiva, por los Consejeros o Consejeras suplentes. Entre sus principales atribuciones están: Designar al Presidente y Vicepresidente del Consejo; nombrar al Secretario General de la institución; designar al representante del CPCCS a la coordinación de la Función de Transparencia y Control Social; organizar las Comisiones Ciudadanas de Selección y designar a las autoridades correspondientes; dictar resoluciones para la desconcentración del CPCCS; establecer planes, proyectos y políticas institucionales; conocer los informes de investigación realizados por el área especializada de la institución; entre otras atribuciones.
Presidencia.- Se ejercerá de manera alternada y secuencial entre hombre y mujer por la mitad del periodo para el que fueron electos consejeros y consejeras. Son atribuciones de la Presidenta o Presidente: Ejercer la representación legal, judicial y extrajudicial del CPCCS, ejercer la máxima autoridad administrativa del Consejo, convocar a sesiones ordinarias y extraordinarias, presentar el plan estratégico del organismo al Pleno para su aprobación, entre otras.
Vicepresidencia.- Reemplazará al Presidente en caso de ausencia temporal, y de ser definitiva, hasta completar el periodo para el cual fue electo el titular. Sus atribuciones son delegadas por escrito por el Presidente.
Órganos ejecutores.- Delegaciones del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social; la Secretaría Técnica de Participación y Control Social; la Secretaria Técnica de Transparencia y Lucha contra la corrupción.
Delegaciones.-Para el cumplimiento de sus facultades y atribuciones, el CPCCS se desconcentrará mediante delegaciones a nivel provincial. Actualmente, el Consejo mantiene dos delegaciones: Quito y Guayaquil, con perspectiva de ampliarse a las otras siete ciudades ubicadas dentro del plan de regionalización propuesto por la Senplades: Ibarra, Tena, Ambato, Montecristi, Milagro Loja.
Secretarías Técnicas.- Las Secretarías Técnicas de de Participación Ciudadana y Control Social ; y de Transparencia y Lucha contra la Corrupción les corresponde asesorar técnicamente a las Consejeras y Consejeros en los asuntos relativos a la competencia del Consejo.
Órganos de apoyo.- Secretaría General Designado por el Pleno, el Secretario o Secretaria General estará presente en las sesiones del Pleno con derecho a voz pero sin voto. Cumplirá además con los requisitos y atribuciones que contemple el reglamento pertinente.
Estructura Orgánica en la Ley del CPCCS |